Imputabilidad de un Denunciado o Acusado
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La imputabilidad de un denunciado o acusado depende de si ese sujeto, acusado de un delito, tiene consciencia de la ilicitud de su conducta y de si actúa conforme a ella. La inimputabilidad equivale a la exención de responsabilidad criminal para el acusado, aplicándose en su caso sólo medidas de seguridad, que puede ser privativas de libertad (internamiento en centro psiquiátrico, en centro educativo especial o en centro de deshabituación.
En los procedimientos judiciales en los que se investigue el grado de culpabilidad subjetiva del denunciado o acusado, los abogados, tanto los que representen a la defensa como a la acusación, requieren la asistencia de un perito psiquiatra. Este médico tiene las aptitudes necesarias para evaluar el estado mental del procesado en el momento en el que cometió los hechos de los que se le acusa.
Qué se puede alegar para conseguir la Inimputabilidad de un Denunciado o Acusado
Las causas que pueden determinar la inimputabilidad del acusado están recogidas en el Código Penal. En atención a la naturaleza de la causa concreta y a su grado de afectación en relación al sujeto, implicará la inimputabilidad plena o semiplena, aplicándose en este último caso las penas de forma atenuada. Sea de una manera u otra, podemos distinguir entre las siguientes:
- Anomalías o alteraciones psíquica, incluyendo trastornos mentales transitorios
- Estado de intoxicación plena por culpa de alcohol o de las drogas
- Alteraciones en la percepción desde el nacimiento o la infancia
- Error de prohibición
- Miedo insuperable

Atendiendo a las circunstancias del caso, el perito evaluará, a través de las evidencias que se hayan encontrado y de las pruebas psiquiátricas que realice (observaciones, tests, entrevistas, etc.), la psique del sujeto, averiguando si era consciente de lo que hacía y la capacidad de control que tenía sobre sí mismo.
El informe psiquiátrico, prueba indispensable de la Inimputabilidad ante los tribunales
En el momento procesal oportuno, el letrado presentará las conclusiones que haya obtenido en el perito psiquiatra en su investigación, que se recogerán en un documento conocido como informe pericial o dictamen de peritos.
Este documento juega un papel fundamental en el fallo de los jueces sobre la cuestión, ya que si queda probada la inimputabilidad del sujeto a través del criterio técnico del psiquiatra, el acusado no será condenado a penas de cárcel. El perito dejará claro cómo en los instantes en los que se comete el delito, único momento que importa al juez, el acusado no tenía consciencia de la ilicitud o la capacidad de actuar de otra forma.
Cuando el magistrado lo estime pertinente, el perito comparecerá en sede judicial para responder a las preguntas que puedan realizarle las partes y el propio tribunal. El perito dará las explicaciones de forma oral y con un lenguaje sencillo.
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