Ofrecimiento de Acciones. Denuncie la indefensión de su cliente
Contamos con expertos en Criminología especializados en casos donde existe Ofrecimiento de Acciones. Aportan a los implicados las pruebas e información necesarias para esclarecer los hechos.
El ofrecimiento de acciones es una medida en beneficio de la tutela de la víctima, por la que las autoridades informan al ofendido o perjudicado por un delito de su derecho a participar en el proceso y a ejercitar las correspondientes acciones penales y civiles.
La realización del ofrecimiento garantiza la consecución de un procedimiento legal y justo. Su incumplimiento puede conllevar la nulidad de las actuaciones judiciales que se hayan ejecutado en el procedimiento, retrotayéndose el mismo hasta el momento en el que se infringió la ley.
A la hora de plantear un recurso o un incidente de nulidad de actuaciones contra tal negligencia, el abogado de la víctima necesitará las aportaciones de un criminólogo forense. Este profesional es un perito criminólogo que posee los conocimientos técnicos necesarios para todo tipo de delitos. La Administración de Justicia valora positivamente su colaboración.
¿Cuándo procedía el Ofrecimiento de Acciones en su caso?
Las investigaciones nunca son iguales, y cada una de ellas se desarrolla con sus especificidades. Por ello, la Ley de Enjuiciamiento Criminal , a lo largo de su extenso articulado, dispone el ofrecimiento de acciones en tres momentos distintos de la investigación:
- Diligencias policiales prevención: los agentes tendrán que comunicar al ofendido y al perjudicado de la posibilidad que tienen de personarse en el procedimiento penal
- Comparecencia de la víctima ante el Juzgado de Instrucción: será el Letrado de la Administración de Justicia quien le instruya sobre su derecho a mostrarse en el procedimiento
- Durante fase intermedia: si el Ministerio Fiscal solicitare el sobreseimiento, sin estar personados los ofendidos o perjudicados, el Juez de Instrucción podrá anunciarles tal circunstancia con el fin de que se personen en el plazo máximo de 15 días

Atendiendo a las circunstancias que concurran, el perito evaluará la situación concreta para averiguar si se conculcaron los derechos de la víctima, recopilando para ello todas las pruebas existentes. La información que obtenga la aportará, recogida en el soporte más idóneo, al abogado y a su cliente.
El dictamen pericial, prueba indispensable para demostrar la vulneración de derechos
Para demostrar la violación de los derechos de la víctima en relación al ofrecimiento de acciones, el abogado del afectado aportará al procedimiento, cuando sea procesalmente oportuno, las conclusiones del perito, plasmadas en un informe o dictamen de peritos.
Este informe se trata de un medio de prueba fundamental para los tribunales, puesto que constituye la opinión, objetiva y técnica, de un experto en materia criminológica, el cual no tiene ningún interés en el dictamen final del pleito.
Cuando las autoridades lo consideren procedente, el perito comparecerá en el juicio o vista para responder a las preguntas que las partes y el propio tribunal le formulen sobre su dictamen. En su explicación, de carácter oral, dará cuenta de las razones que evidencian las irregularidades presentes en el curso de la instrucción.
Si desea los servicios de un perito criminólogo para su caso, póngase en contacto con nosotros sin compromiso. En Perito Judicial Group disponemos de los mejores profesionales en el ámbito forense. Estudiamos su asunto para ofrecerle la solución más eficaz a su defendido.
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